Fecha de Publicación: 06/12/1974
Página: 534-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 13/12/1974.

Artículo 44

   (Procedimiento escrito).- El procedimiento será escrito. Esta norma
será aplicable tanto a las exposiciones de los interesados como a los
informes o dictámenes de los funcionarios y de las demás actuaciones
administrativas.
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