PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Anulado por sentencia del Tribunal de lo Contencioso Administrativo con
efectos generales y absolutos: Sentencia TCA Nº 426/016 de 21/07/2016.
Artículo 2
El pago del aguinaldo de la Industria de la Construcción correspondiente
al período noviembre 2012 - abril 2013, se abonará tomando en
consideración el salario vacacional para el cálculo de la referida
partida.