Fecha de Publicación: 26/12/2007
Página: 665-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 10

 Agrégase al artículo 71 del Decreto Nº 148/007, de 26 de abril de 2007,
el siguiente inciso:

"Asimismo la Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias, será responsable
sustituto por el impuesto correspondiente a las prestaciones que los
pasivos reciban a través de dicho organismo de las instituciones de
intermediación financiera por concepto de prestación de salud."
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