Reglamentario/a de: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 3.
(en la redacción dada por Dec. Nº 95/026) reglamentario/a de: T.O. 2023
(DGI) de 04/04/2024 artículos 12 - Título 4 Literal A), numerales 2) y 6),
14 - Título 4 inciso 2º) y literales A) y B).
IMPUESTO A LAS RENTAS DE LAS ACTIVIDADES ECONOMICAS CAPITULO II - RENTAS COMPRENDIDAS
Artículo 3-OCTIES
A los efectos de la aplicación del artículo 7 Quater del Título que se reglamenta, se entenderá que las razones comerciales comprenden las razones de índole financiera. Asimismo, no se considerarán impropios los mecanismos o formas que se hubieren adoptado en cumplimiento de disposiciones regulatorias dictadas por organismos públicos. (*)
(*)Notas:
Ver vigencia: Decreto Nº 395/022 de 14/12/2022 artículo 10.
Agregado/s por: Decreto Nº 395/022 de 14/12/2022 artículo 6.