(Disposiciones Transitorias).
I) Por única vez y solamente durante las pruebas de admisión de
aspirantes al Curso de Cadetes, para el período lectivo 1986, los
Sargentos, Sargentos 1º y Suboficiales Mayores, que ingresan al 2º Año,
podrán ser casados, manteniendo íntegramente el régimen de internados de
los demás alumnos.
II) También y por única vez y durante el año lectivo 1986 se eliminará
la condicionante mencionada en el Inciso B, del artículo 13, de ser
policía integrante del Subescalafón de Policía Ejecutiva, permitiéndose el
ingreso de policías de igual jerarquía de otros Subescalafones con la
escolaridad requerida precedentemente, los cuales podrán ser casados y
mantendrán el régimen de internados de los demás alumnos y las mismas
limitaciones de edad que los integrantes del Subescalafón de Policía
Ejecutiva.