REDUCCION DEL GASTO. INVENTARIO DE LOS AUTOMOTORES DE PROPIEDAD ESTATAL. CREACION DE LA COMISION DE RELEVAMIENTO DE LA FLOTA AUTOMOTRIZ Y TALLERES DEL ESTADO. UNIDADES EJECUTORAS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
Los miembros de la Comisión de Relevamiento de la flota automotriz y
Talleres del Estado estarán facultados, con el apoyo del Ministerio del
Interior, a inspeccionar los vehículos oficiales a los efectos de
fiscalizar el cumplimiento de las leyes y disposiciones vigentes, así
como para investigar y efectuar las denuncias que consideren
procedentes. (*)