Las Comisiones Departamentales de Fomento del Deporte y la Recreación no
tienen facultad de decisión, en lo que en la parte técnico-docente del
desarrollo de las actividades de Educación Física y Recreación se
refiere, no obstante, en relación a la eficiencia, el progreso y la buena
marcha de los servicios podrán proponer al Ministerio de Deporte y
Juventud, todas las medidas que crean conducentes a tales fines.