FIJACION DE MEDIDAS DE SEGURIDAD Y MECANISMOS PARA LA UTILIZACION DE LOS SISTEMAS DE INFORMACION EN LA ADMINISTRACION PUBLICA, RELATIVOS AL MONITOREO Y CONTRALOR DE LOS PROCESOS, GARANTIZANDO LA PROTECCION Y CONTINUIDAD DE LOS MISMOS
Comunicación mensual. Las entidades púbicas deberán comunicar mensualmente a la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (Agesic) los avances en el desarrollo de las obligaciones previstas en el presente Decreto hasta su total cumplimiento, luego del cual, quedarán relevadas de dicha comunicación.