El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
A TODOS LOS ESCALAFONES (Ex - CLASES FUNCIONALES)
Artículo 27
El Banco podrá disponer incorporaciones en las categorías de Servicios Auxiliares y de los Escalafones Administrativo y Técnico Profesional cuyos puestos no hayan podido ser cubiertos, una vez agotados los mecanismos reglamentarios de los llamados internos, en el marco de las disposiciones legales vigentes. Una vez cumplidos los requisitos exigidos por la normativa y formalizados los nuevos ingresos, el financiamiento de los mismos será con cargo al objeto 11.000 "Sueldos básicos de cargos presupuestados". Además, dispondrá que hasta el 4% de los ingresos que se efectúen, sea de funcionarios con capacidades diferentes en el marco de la Ley N° 18.651, de 19 de febrero de 2010 Art. 49 y modificativas. Asimismo, en el marco de la Ley N° 19.122, de 21 de agosto de 2013 Art. 4° y modificativas, dispondrá que la incorporación del 8% de los ingresos sea de funcionarios afrodescendientes, y en el marco de la Ley N° 19.684, de 26 de octubre de 2018 Art. 12, dispondrá que la incorporación del 1% de los ingresos sea para personas trans. La provisión de cargos estará sujeta a la existencia de las vacantes correspondientes.