El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículos 17, 58, 59 y 60.
TÍTULO TERCERO
INSTITUTO DE POSGRADOS UNIVERSITARIOS Y ESTUDIOS SUPERIORES CAPÍTULO II
ORGANIZACIÓN SUB DIRECTOR
Artículo 105
Como jerarca inmediato inferior al Director, tiene las siguientes atribuciones y obligaciones:
a) Asistir al Director en el desarrollo de las funciones de dirección, coordinación y control que le correspondan.
b) Partiendo de los lineamientos de la Dirección, coordinará los asuntos relacionados con la imagen corporativa, medios de comunicación y relaciones interinstitucionales.
c) Representará al Director cuando éste así lo disponga en reuniones juntas o consejos.
d) Supervisará los diferentes procesos que se desarrollen en el Centro Educativo, verificando el cumplimiento de los planes, programas y proyectos, procurando su mayor eficiencia y observancia a las recomendaciones dispuestas por el Director.
e) Supervisará los Cursos y concursos que se desarrollen en el Instituto de Posgrados Universitarios y Estudios Superiores.
f) Ejercerá el contralor de los Jefes de Secretaria Académica y Administrativa.
g) Propondrá al Director la calificación de conducta y capacidad funcional de sus subordinados y será responsable ante el mismo de la disciplina (Notas de Concepto).
h) Efectuará los controles indispensables a la buena conservación del edificio y anexos, del equipamiento inventariado del Centro Educativo; inspeccionará y fiscalizará, con la frecuencia necesaria todo lo relativo a la enseñanza, disciplina y administración.
i) Supervisará al Jefe de Secretaría Académica en la confección del calendario académico del Centro Educativo.
j) Las demás atribuciones o deberes que le sean asignadas de acuerdo al marco normativo o naturaleza de la Repartición Policial.