En caso de verificarse en 2017 mayores ingresos a los previstos en el informe económico - financiero y exposición de motivos de la presente ley, y siempre que la evolución de los gastos permita que ello redunde en una mejora del resultado global estructural del sector público respecto a lo previsto en dicho informe, facúltase al Poder Ejecutivo a destinar en 2018 el referido excedente de recursos a Educación en Programas de los Incisos 25 "Administración Nacional de Educación Pública", 26 "Universidad de la República" y 31 "Universidad Tecnológica del Uruguay y al Sistema Nacional Integrado de Cuidados, incluido en el grupo cero.
De concretarse la situación referida, el Poder Ejecutivo comunicará a la Asamblea General las asignaciones realizadas.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 18 de setiembre de 2017.
PATRICIA AYALA, Presidente; JOSÉ PEDRO MONTERO, Secretario.
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE TURISMO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Montevideo, 25 Setiembre de 2017
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se aprueba la Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, correspondiente al Ejercicio 2016.