Fecha de Publicación: 03/10/2017
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 274

   En caso de verificarse en 2017 mayores ingresos a los previstos en el informe económico - financiero y exposición de motivos de la presente ley, y siempre que la evolución de los gastos permita que ello redunde en una mejora del resultado global estructural del sector público respecto a lo previsto en dicho informe, facúltase al Poder Ejecutivo a destinar en 2018 el referido excedente de recursos a Educación en Programas de los Incisos 25 "Administración Nacional de Educación Pública", 26 "Universidad de la República" y 31 "Universidad Tecnológica del Uruguay y al Sistema Nacional Integrado de Cuidados, incluido en el grupo cero.

   De concretarse la situación referida, el Poder Ejecutivo comunicará a la Asamblea General las asignaciones realizadas.

   Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 18 de setiembre de 2017.
   PATRICIA AYALA, Presidente; JOSÉ PEDRO MONTERO, Secretario.

MINISTERIO DEL INTERIOR
 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
  MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
   MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
    MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
     MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
      MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
       MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
        MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
         MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
          MINISTERIO DE TURISMO
           MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO 
            TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
             MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

                                          Montevideo, 25 Setiembre de 2017

   Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se aprueba la Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, correspondiente al Ejercicio 2016.
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