LEY INTEGRAL CONTRA EL LAVADO DE ACTIVOS. ACTUALIZACION DE LA NORMATIVA VIGENTE.DEROGACION DE ARTICULOS DEL DECRETO LEY 14.294 Y LEYES 17.835, 18.494, 18.914 Y 19.149
(Decomiso por equivalente).- Cuando tales bienes,
productos, instrumentos, fondos, activos, recursos o medios económicos
no pudieran ser decomisados, el tribunal penal competente a solicitud
de la fiscalía dispondrá el decomiso de cualquier otro bien del
condenado por un valor equivalente o, de no ser ello posible,
dispondrá que aquel pague una multa de idéntico valor. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 20.469 de 19/03/2026 artículo 1.
Ver en esta norma, artículos:53 y 55.
TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 19.574 de 20/12/2017 artículo 51.