Autorízase a la empresa BERMICK S.A. a usufructuar la exoneración del 50%
de todos los tributos que graven las importaciones de materiales y bienes
de obra civil e infraestructura por un monto imponible de hasta U$S
2:792.750 (dólares americanos dos millones setecientos noventa y dos mil
setecientos cincuenta) y a los bienes de activo fijo destinados al
equipamiento, por un monto imponible de hasta U$S 5:411.715 (dólares
americanos cinco millones cuatrocientos once mil setecientos quince), de
acuerdo con lo dispuesto por el artículo 3º inciso g. del Decreto Nº
175/003.