DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. NADAL DA LUZ LUCIANO EDUARDO




Promulgación: 14/07/2010
Publicación: 02/08/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 282

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 Exonérese a la empresa NADAL DA LUZ LUCIANO EDUARDO, del pago del
Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas por UI 4.694.593,
equivalente a 52% de la inversión elegible, que será aplicable por un
plazo de tres (3) años a partir del ejercicio comprendido entre el
01/07/2008 y el 30/06/2009 inclusive o desde el ejercicio en que se
obtenga renta fiscal, siempre que no hayan transcurrido cuatro ejercicios
de la declaratoria promocional. En este caso, el referido plazo máximo se
incrementará en cuatro años y se computará desde el ejercicio en que se
haya dictado la presente declaratoria.
El monto exonerable en cada ejercicio no podrá superar la menor de las
siguientes cifras:
    a) la inversión efectivamente realizada en el ejercicio y en
       ejercicios anteriores si dichas inversiones estuvieran comprendidas
       en la declaratoria promocional y no hubieran sido utilizadas a
       efectos de la exoneración en los ejercicios que fueron realizadas,
    b) el monto total exonerable a que refiere el presente numeral,
       deducidos los montos exonerados en ejercicios anteriores.
Este beneficio se aplicará de acuerdo a lo establecido en el Art. 16 del
Decreto N° 455/007 de 26 de noviembre de 2007.
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