DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. FYBOSOL S.A.




Promulgación: 26/12/2001
Publicación: 08/01/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2001
  •    Página: 1801

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   Los bienes que se incorporen con destino al equipamiento por un monto 
de U$S 14.546 (dólares americanos catorce mil quinientos cuarenta y 
seis), se podrán computar como activos exentos a efectos de la 
liquidación del Impuesto al Patrimonio por el término de 5 años a partir 
del ejercicio en el que se incorporó el bien. A los efectos del cálculo 
del pasivo computable, los citados bienes serán considerados activos 
gravados.
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