Otórgase a la empresa COMPAÑÍA OLEAGINOSA URUGUAYA S.A. un "crédito
por el Impuesto al Valor Agregado incluido en la adquisición de materiales
"y servicios utilizados para la obra civil prevista en el Proyecto, por UI
132.650. "Dicho crédito se hará efectivo mediante el mismo procedimiento
que rige para los "exportadores". (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Resolución Nº 43/009 de 19/01/2009 numeral 2.
TEXTO ORIGINAL: Resolución Nº 204/008 de 31/03/2008 numeral 3.