DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. COMPAÑÍA OLEAGINOSA URUGUAYA S.A. MODIFICACION DE REGIMEN




Promulgación: 19/01/2009
Publicación: 09/02/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2009
  •    Página: 151
Referencias a toda la norma

3

 Sustitúyense los numerales 4º y 5º de la Resolución del Poder Ejecutivo
de fecha 31 de marzo de 2008, por la que se declaró promovida la actividad
del proyecto de inversión de la empresa COMPAÑÍA OLEAGINOSA URUGUAYA S.A.,
por el siguiente:
"4º.- Exonérase a la empresa COMPAÑÍA OLEAGINOSA URUGUAYA S.A., del "pago
de los Impuestos a las Rentas de la Industria y Comercio y a las Rentas de
las "Actividades Económicas por UI 12.884.803, equivalente a 60% de la
inversión "elegible, qué será aplicable por un plazo de 5 años a partir
del ejercicio "comprendido entre el 1°/12/06 y el 31/12/06 inclusive o
desde el ejercicio en que se "obtenga renta fiscal, siempre que no hayan
transcurrido cuatro ejercicios de la "declaratoria promocional. En este
caso, el referido plazo máximo se incrementará en "cuatro años y se
computará desde el ejercicio en que se haya dictado la presente
"declaratoria.
"El monto exonerable en cada ejercicio no podrá superar la menor de las
siguientes "cifras:
a) "La inversión efectivamente realizada en el ejercicio y en
   ejercicios anteriores "si dichas inversiones estuvieran comprendidas en
   la declaratoria promocional "y no hubieran sido utilizadas a efectos de
   la exoneración en los ejercicios "que fueron realizadas,
b) "El monto total exonerable a que refiere el presente numeral,
   deducidos los "montos exonerables en ejercicios anteriores."
   "Este beneficio se aplicará de acuerdo a lo establecido en el Art. 16
   del Decreto No. "455/007 de 26 de noviembre de 2007."

(*)Notas:
Ver en esta norma, numeral: 5.
Ayuda