Autorízase a la empresa CARRASCO LAWN TENNIS CLUB a usufructuar el beneficio previsto en el artículo 3° inciso a. del Decreto N° 175/003, otorgamiento de un crédito por el Impuesto al Valor Agregado y por la Contribución al Financiamiento de la Seguridad Social incluidos en la adquisición en plaza de bienes y servicios destinados a la construcción (infraestructura y obra civil), por un monto imponible de hasta U$S 3:299.549 (dólares americanos tres millones doscientos noventa y nueve
mil quinientos cuarenta y nueve). (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Resolución Nº 1.142/010 de 14/07/2010 numeral 1.
TEXTO ORIGINAL: Resolución Nº 518/008 de 21/07/2008 numeral 2.