Otórgase a la Intendencia Municipal de Salto, referente al emprendimiento
PARQUE AGROINDUSTRIAL "ALTO URUGUAY", un crédito por el Impuesto al Valor
Agregado incluido en la compra de bienes y servicios que requiera la
operativa del parque agroindustrial a que refiere el art. 12 del Decreto
reglamentario. Dicho crédito se hará efectivo mediante el mismo
procedimiento que rige para los exportadores.