VISTO: La resolución del Poder Ejecutivo de fecha 14 de setiembre de 2009.
RESULTANDO: Que por la misma se declaró promovida la actividad del
proyecto de inversión presentado por MARYSTAY S.A., tendiente a la
ampliación del Shopping Punta del Este, por un monto de UI 40.233.900.
CONSIDERANDO: I) Que por el numeral 3°) de la resolución mencionada se
autorizó a la empresa MARYSTAY S.A. a usufructuar el beneficio previsto en
el artículo 3°, inciso a. del Decreto N° 175/003, otorgamiento de un
crédito por el Impuesto al Valor Agregado incluido en la adquisición en
plaza de bienes y servicios destinados a la construcción (infraestructura
y obra civil), por hasta un monto imponible de UI 7.594.152.
II) Que se padeció error en la cifra de UI 7.594.152, debiéndose
establecer que la autorización a usufructuar el beneficio otorgado sería
hasta un monto imponible de UI 34.518.870.
III) Que en tal virtud se modificará el numeral 3°) de la resolución
mencionada en el VISTO de la presente.
IV) Que la Comisión de Aplicación creada por el art. 12° de la Ley 16.906,
de 7 de enero de 1998 recomienda se realice la modificación referida.
ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el Decreto Ley No. 14.178 de
Promoción Industrial del 28 de marzo de 1974, Ley No. 16.906 del 7 de
enero de 1998, Decreto 175/003 del 7 de mayo de 2003 y modificativos y
Decreto 455/007 del 26 de noviembre de 2007 y modificativos.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
(*)
(*)Notas:
Este numeral dio nueva redacción a: Resolución Nº 936/009 de 14/09/2009
numeral 3.