ACUERDO DE COOPERACION ENTRE EL MIDES Y UNICEF, PARA LA IMPLEMENTACION DE ACCIONES TENDIENTES A LA CONSOLIDACION Y EXPANSION DEL PROGRAMA "NI SILENCIO NI TABÚ" DEL INJU, PERIODO 2026-2027
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: las presentes actuaciones que tienen relación con la solicitud de suscripción de un Acuerdo de Cooperación entre el Inciso 15, Ministerio de Desarrollo Social, y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF);
RESULTANDO: I) que el Ministerio de Desarrollo Social, creado por el artículo 1° de la Ley N° 17.866, de 21 de marzo de 2005, tiene dentro de sus cometidos, formular, ejecutar, supervisar, coordinar, programar, dar seguimiento y evaluar las políticas, estrategias y planes en las áreas de juventud, mujer y familia, adultos mayores, personas con discapacidad y desarrollo social, en general;
II) que el Instituto Nacional de la Juventud (INJU) del Ministerio de Desarrollo Social, gestiona el Programa denominado "Ni Silencio Ni Tabú", el cual surge como respuesta a la creciente preocupación por la salud mental de adolescentes y jóvenes en Uruguay, problemática que se profundizó tras la pandemia de COVID-19. Si bien el país cuenta con una red de atención para crisis y problemas de salud mental, persiste la necesidad de fortalecer políticas activas de promoción y prevención, con enfoque integral y territorial;
III) que en dicho marco, en el mes de mayo de 2024 el Ministerio de Desarrollo Social (INJU), y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), suscribieron un Acuerdo de Cooperación por el período: mayo 2024-mayo 2026, con el objetivo de consolidar el referido Programa como política pública nacional, estructurado en cinco componentes estratégicos: 1) Movilización social y promoción del bienestar; 2) Formación de adultos referentes, 3) Centros "Ni Silencio Ni Tabú", 4) Producción de conocimiento y 5) Articulación interinstitucional;
IV) que en esta instancia, se gestiona la suscripción de un nuevo Acuerdo de Cooperación entre el Ministerio de Desarrollo Social (INJU) y UNICEF por el período 2026 - 2027, el cual reafirma el compromiso conjunto con la salud mental y el bienestar psicoemocional de adolescentes y jóvenes en Uruguay, proyectando la consolidación y expansión del Programa como política pública nacional, asegurando sostenibilidad técnica y territorial, tomando como base el Convenio 2024 - 2025;
CONSIDERANDO: I) que el Ministerio de Desarrollo Social, para la ejecución del presente Acuerdo, conviene aportar fondos a UNICEF, por la suma total de hasta $ 223.000.000 (pesos uruguayos doscientos veintitrés millones), de la siguiente manera:
A la firma del acuerdo (mayo 2026)
Importe: UYU $ 52.500.000
Diciembre 2026
Importe: UYU $ 52.500.000
Junio 2027
Importe: UYU $ 59.000.000
Diciembre 2027
Importe: UYU $ 59.000.000
II) que la contratación proyectada tendrá vigencia hasta la finalización de todas las actividades operativas vinculadas al Proyecto, lo que será notificado por UNICEF al Ministerio de Desarrollo Social (INJU);
III) que el Área Jurídico Notarial del Ministerio de Desarrollo Social ha elaborado conjuntamente con UNICEF el proyecto de Convenio, correspondiendo su aprobación;
IV) que el Tribunal de Cuentas por Resolución N° 623/2026, en sesión de fecha 25 de marzo de 2026, acordó: "1) No formular observaciones al convenio a suscribirse entre el Ministerio de Desarrollo Social-Instituto Nacional de la Juventud, y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia; 2) Dictada la Resolución por el Ordenador competente y suscrito el acuerdo, se comete al Contador Auditor destacado ante el MIDES, la intervención de las transferencias a UNICEF que surgen del mismo, previa verificación de que la Resolución definitiva concuerde con las condiciones de la contratación sometidas a este Tribunal ... 3) Comunicar al Contador Auditor destacado ante el Ministerio de Desarrollo Social ...";
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo 33, literal D, numeral 30 del TOCAF;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
Autorízase, la suscripción de un Acuerdo de Cooperación entre el Inciso 15, Ministerio de Desarrollo Social, y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), con el objeto de implementar acciones tendientes a la consolidación y expansión del Programa "Ni Silencio Ni Tabú", del Instituto Nacional de la Juventud, por el período 2026-2027, el cual reafirma el compromiso conjunto con la salud mental y el bienestar psicoemocional de adolescentes y jóvenes en Uruguay, proyectando la consolidación y expansión del Programa como política pública nacional, asegurando sostenibilidad técnica y territorial.
El Ministerio de Desarrollo Social, para la ejecución del presente Acuerdo, aportará fondos a UNICEF, por la suma total de hasta $ 223.000 000 (pesos uruguayos doscientos veintitrés millones), de la siguiente manera:
Apruébase el texto del Acuerdo, (*) el cual se adjunta y forma parte integrante del presente acto administrativo, teniendo vigencia hasta que finalicen todas las actividades operativas vinculadas al Proyecto, lo que deberá ser notificado por UNICEF al Ministerio de Desarrollo Social.
Impútese dicha erogación al Programa 401, Proyecto 142, Grupo 5, Financiación 1.1 de la Unidad Ejecutora 007, del Inciso 15, "Ministerio de Desarrollo Social".