Autorízase a la empresa ROCALER S.A. a usufructuar las exoneraciones
previstas en el artículo 3º Inciso 2º del Decreto 291/995 (exoneración
del Impuesto al Valor Agregado a la importación de bienes, destinados a
la construcción - infraestructura y obra civil), en relación a los
siguientes bienes, y por las importaciones hasta la suma de U$S 419.742
(dólares americanos cuatrocientos diecinueve mil setecientos cuarenta y
dos): pisos, revestimientos, sanitaria, eléctrica, carpintería y
herrería, aire acondicionado, vidrios, pintura, cubierta con estructura,
pavimento vehicular, red eléctrica general, T.V. cable, telefonía, audio,
y saneamiento.