Autorízase a la empresa BLONDAL S.A. a usufructuar el beneficio previsto
en el artículo 3º inciso f. del Decreto Nº 175/003, exoneración del
Impuesto al Valor Agregado, a las importaciones de bienes destinados al
equipamiento cuyo listado obra anexo a la presente, por hasta un monto
imponible de U$S 11.133 (dólares americanos once mil ciento treinta y
tres).