A efectos de la aplicación de la exoneración de los tributos a la
importación del equipamiento previsto en el proyecto y declarado no
competitivo de la industria nacional, la Dirección Nacional de Industrias
del Ministerio de Industria, Energía y Minería, certificará a los
organismos competentes la pertinencia de los mismos, de acuerdo con su
adecuación al proyecto declarado promovido.-