REGLAMENTACION DE NORMAS RELATIVAS A LA LIQUIDACION DEL IMPUESTO DE ASISTENCIA A LA SEGURIDAD SOCIAL (IASS), EN EL MARCO DE LO DISPUESTO POR EL TITULO 12 DEL TEXTO ORDENADO 2023
Sujetos pasivos. Agentes de retención.- Desígnanse
agentes de retención del Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social
(IASS), al Banco de Previsión Social, el Servicio de Retiros y
Pensiones de las Fuerzas Armadas, la Dirección Nacional de Asistencia
Social Policial, la Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias, la
Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios, la
Caja Notarial de Seguridad Social, y cualquier otra entidad residente
en la República, pública o privada, por el saldo del impuesto
correspondiente a las jubilaciones, pensiones y prestaciones de
pasividad de similar naturaleza que perciban los contribuyentes de
este impuesto. (*)
(*)Notas:
Agregado/s por: Decreto Nº 156/026 de 08/07/2026 artículo 3.