ACTUALIZACION DEL REGIMEN GENERAL DE PROMOCION DE INVERSIONES, DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO POR LA LEY 16.906, POR LA QUE SE OTORGAN BENEFICIOS FISCALES A DETERMINADAS EMPRESAS




Promulgación: 23/12/2025
Publicación: 13/01/2026
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 6

   (Requisitos para la solicitud).- Las empresas que deseen obtener la declaratoria promocional deberán presentar su solicitud ante la Comisión de Aplicación, a través de los mecanismos que ésta determine. La información a incluir en dicha solicitud mínimamente deberá contener:

   i. Los datos identificatorios de la empresa y de sus titulares y los antecedentes de la firma.

   ii. La información contable y económica necesaria para la evaluación del proyecto de inversión.

   iii. Una declaración jurada en la que el solicitante se compromete a cumplir con las condiciones que dan mérito a los beneficios tributarios solicitados, en particular el fin del proyecto, el monto de la inversión y los indicadores comprometidos, entre otra información que la Comisión de Aplicación estime necesaria

   iv. Declaración de las vinculaciones con otras empresas y los datos identificatorios de las mismas.

   La Comisión de Aplicación reglamentará en sus instructivos lo dispuesto en el presente artículo.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 7 y 23 (vigencia).
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