PROMOCION DEL TRABAJO DIGNO Y DECENTE DE LAS PERSONAS QUE ENFRENTAN MAYORES OBSTACULOS O RESTRICCIONES PARA ACCEDER AL MERCADO LABORAL. DEROGACION DE LOS ARTS. 1° AL 28, 36 AL 50 DE LA LEY N° 19.973 Y ARTS. 11 Y 13 DE LA LEY N° 19.689
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
CAPÍTULO III - DESARROLLO DE LAS POLÍTICAS ACTIVAS DE EMPLEO EN EL SECTOR PÚBLICO CONTRATACIÓN DE PERSONAS JÓVENES DE 15 A 24 AÑOS EN EL ESTADO, EN PERSONAS PÚBLICAS NO ESTATALES Y EN EMPRESAS CON PARTICIPACIÓN ESTATAL Sección Primera - Condiciones Generales
Artículo 18
(Acciones de discriminación positiva).- Los organismos del Estado deberán contratar jóvenes bajo lo dispuesto en el presente capítulo, en un número no menor al 50% (cincuenta por ciento) de sus contrataciones anuales de becarios, becarias y pasantes, a excepción de la Administración Nacional de Educación Pública que podrá hacerlo en un número no menor al 20% (veinte por ciento).
Al menos el 50% (cincuenta por ciento) del total de las contrataciones beneficiará a mujeres jóvenes, al menos el 15% (quince por ciento) a personas jóvenes en situación de vulnerabilidad socioeconómica, al menos el 8% (ocho por ciento) a personas jóvenes afrodescendientes, al menos el 4% (cuatro por ciento) a personas jóvenes con discapacidad, al menos el 2% (dos por ciento) a personas trans y al menos el 1% (uno por ciento) a mujeres en situación de violencia basada en género o en proceso de salida de dicha situación. Los porcentajes mínimos no serán exigibles si no existiera un número suficiente de postulantes presentados en los llamados.
El Poder Ejecutivo reglamentará, previa consulta a la Oficina Nacional del Servicio Civil y de la Contaduría General de la Nación, los mecanismos de verificación del cumplimiento de los deberes establecidos en la presente disposición.
Asimismo, el Poder Ejecutivo podrá establecer otros cupos para la contratación de personas jóvenes que evidencien restricciones de acceso al mercado de trabajo, ya sea por causas estructurales como por motivos coyunturales.