DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. REFAL S.A.




Promulgación: 06/09/2000
Publicación: 15/09/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2000
  •    Página: 308

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 Los bienes que se incorporen con destino a Obra Civil e Infraestructura,
para llevar a cabo la actividad del proyecto de inversión aprobado, así
como el predio asiento de la misma, se podrán computar como activos
exentos a efectos de la liquidación del Impuesto al Patrimonio por el
término de 11 años a partir del ejercicio de su incorporación inclusive.
A los efectos de los pasivos, los citados bienes serán considerados
activos gravados. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, numeral: 7.
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